POLÍTICA

Lo que la Junta no puede hacer en periodo electoral

La LOREG obliga a la neutralidad institucional y limita la gestión del ejecutivo para no condicionar el futuro político o económico de la comunidad

Rubén de Vicente

Con la llegada del periodo electoral, el Gobierno autonómico entra en una fase de gestión condicionada. El objetivo principal es evitar que el ejecutivo saliente comprometa política o económicamente al equipo que resulte de las urnas.

Límites a la gestión pública
El funcionamiento diario de la administración continúa, pero la ley prohíbe taxativamente la puesta en marcha de nuevas políticas públicas o la firma de acuerdos de gestión de gran calado. Sergio Castaño, profesor de Ciencias Políticas, subraya que la clave reside en evitar cualquier acción que se perciba como electoralista.

Neutralidad en la comunicación
Uno de los pilares de la LOREG es la obligación de mantener una comunicación institucional estrictamente neutral. Esto implica la desaparición de actos inaugurales y un control férreo sobre los canales oficiales. Además, existe una restricción específica para los miembros del ejecutivo: no pueden utilizar sus redes sociales personales con fines propagandistas, a diferencia de los procuradores rasos, quienes sí conservan esa libertad al no poseer cargo institucional activo.

Vigilancia y sanciones
La vigilancia de estas normas recae sobre la Junta Electoral, con potestad para exigir rectificaciones o imponer sanciones. Las multas, que habitualmente se mueven en las franjas inferiores, pueden alcanzar los 20.000 euros. Un detalle importante es que, si la infracción es personal, el candidato debe abonarla de su propio bolsillo.