TRIBUNALES | Doctrina Parot

El 'violador del ascensor' sale de la cárcel de Alcalá Meco sin hacer declaraciones ni nadie esperándole

Condenado por la muerte y violación de las jóvenes Marta Obregón y Leticia Lebrato

Ical

Pedro Luis Gallego, conocido como 'el violador del ascensor' y que fue condenado a 273 años por un total de 18 violaciones y dos asesinatos, salió en torno a las 20 horas de hoy la prisión madrileña de Alcalá Meco.

Lo hizo cubierto con una gorra, gafas de sol, sin ningún tipo de familiar o allegado que le esperara y no haciendo ningún tipo de declaración a los periodistas concentrados a las puertas del centro penitenciario.

A preguntas de los informadores, una vez recobrada la libertad, no quiso contestar sobre si estaba o no arrepentido de los delitos por los que fue condenado. La Audiencia de Burgos ordenó hoy excarcelación inmediata del conocido como ‘el violador del ascensor’.

Los tres magistrados de la Sala de lo Penal de la Audiencia acordaron esta medida por unanimidad, después de haber conocido el informe favorable del Ministerio Fiscal, teniendo en cuenta la reciente sentencia del Tribunal de Estrasburgo que anula la aplicación de la conocida como doctrina Parot y siguiendo la interpretación aportada por el Tribunal Supremo sobre cómo aplicar el fallo del tribunal europeo.

Pedro Luis Gallego fue condenado por la muerte y violación de las jóvenes Marta Obregón y Leticia Lebrato.

El auto que notifica la excarcelación del conocido como violador del ascensor señala que ha quedado sin efecto la doctrina Parot por la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos del pasado 21 de Octubre, por lo que procede "otorgar el licenciamiento definitivo al penado en el cumplimiento de las penas acumuladas que se encontraba extinguiendo en la presente causa, y ello con efectos desde la fecha 16 de agosto de 2011"

Tal y como ha señalado el Tribunal Supremo, esta resolución podrá ser recurrida en casación por las partes personadas ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, a pesar de la inmediata excarcelación del preso.

El mismo Tribunal Supremo es el que en marzo de 2012, por unaniminad de sus cinco magistrados, acordó aplicar la denominada 'doctrina Parot' sobre reducción de penas por beneficios penitenciarios a Pedro Luis Gallego, quien entonces llevaba 20 años años cumpliendo una condena de 273 años, y aplazó su salida de la cárcel hasta 2022.

El acuerdo de la Sala suponía el rechazo del recurso interpuesto por el abogado de Gallego en contra el auto de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Burgos de fecha 13 de junio de 2011, que denegó su inmediata puesta en libertad y acordó mantener como fecha de cumplimiento de las penas a él impuestas y acumuladas la del 9 de noviembre de 2022, tal y como se indicaba en una auto anterior de esta misma sala de fecha 6 de agosto de 1997.

El recurrente solicitaba una nueva liquidación de la condena con el fin de descontar los periodos en los que el penado estuvo en privisión provisional por cada una de las causas acumuladas, si bien el TS no sólo desestimó entonces su pretensión sino que, además, resolvió condenarle en costas.

Pedro Luis Gallego está condenado por el asesinato de la joven burgalesa Marta Obregón en 1993, la muerte de la joven vallisoletana Leticia Lebrato en 1992 y 18 violaciones más.