TRIBUNALES

Una pericial desmonta la versión del elixir de la conductora bebida que atropelló mortalmente a dos ciclistas

Tendría que haber tomado nueve frascos para dar las tasas registradas, equivalentes a 264 centímetros cúbicos de una bebida de 40º

Europa Press

Un informe pericial presentado por la acusación particular en el juicio contra la joven Laura S.G, la conductora que en julio de 2013 atropelló mortalmente a dos ciclistas en el término de Aguasal (Valladolid), ha desmontado este jueves la versión de la imputada de que las altas tasas de alcohol que arrojó estuvieran motivadas por la ingesta de un elixir naturópata que, según alega la vecina de Íscar, tomó para calmarse tras el trágico suceso.

El experto en Medicina Legal y Forense y criminólogo Aitor Curiel, durante el informe presentado en la segunda jornada del juicio en el Juzgado de lo Penal número 3, se ha mostrado taxativo al rechazar tal alegado exculpatorio tras advertir de que las tasas de 0,80 y 0,72 miligramos de alcohol por litro de aire expirado que dio Laura a las 11.26 y 11.40 horas, respectivamente, equivaldrían a unos 264 centímetros cúbicos de una bebida con una graduación alcohólica de 40 grados.

"Para dar esas tasas tendría que haberse tomado tras el accidente no un frasquito sino nueve", ha incidido el experto, quien calcula además que en el momento del atropello que en la mañana de aquel fatídico 28 de julio de 2013 acabó con la vida de Sergio G.H. y Diego G.C, de 33 años y vecinos de Pedrajas, la imputada habría dado una tasa de 0,88, "como mínimo", si el test se lo hubieran practicado los agentes escasos minutos después.

El informe contrasta con el aportado por dos peritos de la defensa, un farmacéutico y un médico de familia, quienes realizaron a la imputada una prueba con el citado elixir meses después y que certifican que los valores hallados son compatibles con los obtenidos en su test de alcoholemia por los agentes de la Guardia Civil de Tráfico que acudieron aquel día al escenario de los hechos.

Sin embargo, la pericial ha sido literalmente 'destrozada' por las acusaciones pública y particular tras recordar que el test de la Benemérita fue practicado 46 minutos después del doble atropello, espacio temporal en el que nadie vio a la conductora ingerir producto alguno, mientras que el efectuado a instancia de la defensa se practicó nada más beber el contenido del frasquito, pero además con mediciones durante tan sólo quince minutos.

Advertencias del propio juez

El uso de un etilómetro no homologado por ambos peritos, que incluso incurren en los mismos errores en cuanto a la edad y apellidos de la acusada, a pesar de que hayan sostenido que efectuaron los informes por separado, han llevado a las acusaciones a poner en entredicho la pericial, contestada incluso por el propio juzgador, quien en el acto del juicio ha llamado la atención a los dos expertos por entender que no estaban siendo rigurosos y estaban siendo "volubles" e incorporando "subjetividades" en su testimonio.

También ha habido disparidad de criterio entre las periciales relativas a la velocidad que llevaba ese día el turismo, ya que la acusación particular sostiene que la conductora iba a 150 kilómetros por hora, en una vía con limitación a 90, y el perito de la defensa la sitúa más próxima a los 99 kilómetros como "mínimo" barajados por el informe de la Guardia Civil de Tráfico.

Precisamente, el perito de la Benemérita autor del informe sobre la velocidad ha explicado que la acusada ni siquiera se percató de la presencia de los ciclistas, de ahí que no aparecieran huellas de frenada en el asfalto, y ha achacado el siniestro al consumo de alcohol, el cansancio y una posible somnolencia.

"Si al consumo de alcohol sumarnos que hubiera estado de fiesta toda la noche, el resultado es sencillo...o bien sufrió una distracción o bien se durmió un instante. Todo es una cadena", ha resumido el agente.

Dormida de camino a calabozos

Durante la segunda jornada del juicio, que concluirá el próximo día 26 de febrero con la exposición de los informes definitivos, otro agente de la Benemérita que formaba parte de la primera patrulla de Tráfico que llegó al escenario del accidente ha ratificado que la joven presentaba una fuerte "halitosis alcohólica".

De hecho, el declarante ha precisado que de camino en el coche patrulla hasta la Comandancia se vieron obligados a abrir las ventanillas debido al olor a alcohol que desprendía la detenida. "Aparentaba que había estado toda la noche de fiesta y antes de llegar a Olmedo, que estaba a unos 5 kilómetros, ya estaba dormida", ha recordado el guardia civil entre los murmullos de desaprobación y las lágrimas de algunos de los familiares de los dos ciclistas fallecidos.

También la médico del 112 que atendió a la imputada ha incidido en que ésta se encontraba "muy nerviosa" y no paraba de lamentarse. "!Qué he hecho, qué he hecho, Dios mío!", son las palabras que la facultativa pone en boca de Laura, que, según la testigo, también llegó a reconocer que había bebido y que no había dormido lo necesario.

"Contó que no bebía pero que esa noche sí lo había hecho porque se había encontrado en Íscar con su antiguo novio y la nueva pareja de éste", ha añadido la médico.

El juicio concluye el próximo día 26 de febrero con la exposiciones de los alegatos definitivos de las partes. El fiscal y el letrado que representa a las familias de las dos víctimas mortales, que ha sido indemnizadas, consideran a la procesada, con carácter provisional, autora de un delito contra la seguridad del tráfico (artículo 379.2 del Código Penal) y de otros dos de homicidio imprudente (142.1 y 142.2), a los que la segunda de ambas acusaciones añade el de conducción temeraria (art. 380), y, junto con una pena de cuatro años de prisión, interesan la privación del carné de conducir por un periodo de seis años.

La defensa entiende que su patrocinada no cometió delito alguno y únicamente aprecia, con cáracter subsidiario, la posible comisión de una falta de imprudencia con resultado de muerte, que contempla únicamente la imposición de una multa y la retirada del carné de conducir por un tiempo determinado.

Además, para el caso de condena, solicita que se apliquen a su defendida las atenuantes de alteración psíquica, confesión y la disminución del daño a las familias de los fallecidos, a las que remitió una carta pidiendo perdón y que han sido ya indemnizadas por el seguro.