Hacienda insiste en que no se trata de una campaña si no de casos particulares

No habrá sanciones a los contribuyentes que devuelvan lo deducido por las donaciones a colegios concertados

La Agencia Tributaria no ha hecho una estimación de cuánto dinero podría recaudar con estas devoluciones.

Estefanía Ureña

La polémica surgió a raiz de la respuesta del gobierno a una pregunta parlamentaria sobre las inspecciones que Hacienda estaba llevando a cabo en torno a las donaciones a colegios concertados. Ya en el mes de noviembre, asesores fiscales habían alertado sobre irregularidades en las deducciones en Asturias.

Las donaciones a Fundaciones, en este caso las que reciben los colegios concertados, están reguladas por ley. Para que un contribuyente pueda deducirse de lo que paga a la Fundación del colegio de su hijo, tiene que demostrarse que la donación es voluntaria y que no sea una cuota que obedezca a una contraprestación.

Son las propias Fundaciones las que comunican a la Agencia Tributaria las cantidades referidas como donación y los que expiden los certificados de esas cantidades a los padres. Es ahí donde Hacienda ha visto algunas irregularidades en casos particulares. Como el error es del colegio, la Agencia Tributaria no sancionará a los contribuyentes. Solo tendrán que hacer una declaración complementaria para devolver lo deducido durante 2017.

De momento no es con carácter retroactivo. Pero es posible que la Agencia Tributaria pueda reclamar también lo de los ejercicios 2014, 2015 y 2016.