EMPLEO

Qué ocurre si rechazo una oferta de la Oficina de Empleo

El Servicio Público de Empleo establece una graduación de sanciones en función de las veces que se haya rechazado una oferta

Lidia Corral

Para percibir muchas prestaciones, como la del Ingreso Mínimo Vital, el beneficiario tiene que estar inscrito en la oficina de empleo. Se requiere ser demandante y estar en búsqueda activa de trabajo. De lo contrario, rechazando estas ofertas laborales, podría tener consecuencias. 

El Servicio Público de Empleo establece una graduación de sanciones en función de las veces que se haya rechazado una oferta:

1ª. Infracción: Pérdida de 3 meses de prestaciones.
2ª. Infracción: Pérdida de 6 meses de prestaciones.
3ª. Infracción: Extinción de prestaciones.

Estar inscrito es uno de los requisitos para cobrar, por ejemplo, el ingreso mínimo vital. Pero la clave es que la oferta sea adecuada y esta se considera así si es de la profesión que se haya ejercido los últimos tres meses. Hay excepciones en las que se entiende la inviabilidad de la propuesta, por ejemplo un salario inferior al mínimo interprofesional o haya más de 30 kilómetros al puesto de trabajo

"Si se tiene que invertir en el desplazamiento el 25% del tiempo de la jornada o que el gasto del desplazamiento supere el 20% de las retribuciones que tiene, es una de las excepciones por las que no se nos penalizaría", asegura Teodoro Castañeda, delegado de USO en León.

Y al igual que tiene que estar en búsqueda activa de empleo, también se obliga a acudir a los cursos de formación

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