TRIBUNALES

La Audiencia Nacional condena a penas de 53, 46 y 8 años a los tres miembros de la célula yihadista de los atentados de Cataluña

El tribunal supera las penas que solicitó el Ministerio Fiscal y no les atribuye el delito de asesinato terrorista

Europa Press

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a penas de 53, 46 y 8 años de cárcel a los tres miembros de la célula yihadista que cometió los atentados terroristas de Barcelona y Cambrils en agosto de 2017, en los que murieron dieciséis personas.

En la sentencia de más de 1.000 páginas, ponencia del magistrado Alfonso Guevara, el tribunal impone una pena de 53 años y seis meses de cárcel a Mohamed Houli Chemlal y de 46 a Driss Oukabir por delitos de pertenencia a organización terrorista; tenencia, depósito así como fabricación de sustancia o aparatos explosivos e inflamables de carácter terrorista; y estragos en tentativa de carácter terrorista en concurso con 29 delitos de lesiones por imprudencia grave.

Además, la resolución les impone la inhabilitación absoluta y especial, así como la prohibición de acercase a Alcanar durante 10 años una vez cumplidas las penas privativas de libertad. La Sala indica que el cumplimiento efectivo de las penas para estos dos acusados no excederá de 20 años.

El tercero de los acusados, Said Ben Iazza, es condenado a 8 años de cárcel por el delito de colaboración con organización terrorista y se le impone, además, la inhabilitación absoluta y especial, así como la prohibición de acercarse a Alcanar durante cinco años desde que cumpla la pena de prisión.

En su fallo, la Sala se alinea con la Fiscalía ya que acuerda absolver a Mohamed Houli y Driss Oukabir de 14 delitos de homicidio en tentativa de carácter terrorista, así como de 34 delitos de lesiones de carácter terrorista y de cinco de lesiones por imprudencia por los que también habían sido acusados. Estos homicidios fueron los acaecidos tanto en La Rambla de Barcelona como en el paseo marítimo de Cambrils.

El tribunal absuelve igualmente a Said Ben Iazza de los delitos de pertenencia a organización terrorista; tenencia depósito y fabricación de explosivos de carácter terrorista y de conspiración para cometer estragos terroristas por los que también había sido acusado en el juicio.

Con su sentencia, el tribunal supera lo solicitado por la Fiscalía para dos de los acusados, ya que interesaba penas de 41 y 36 años de prisión para Houli y Oukabir, respectivamente, mientras que para el tercer acusado solicitaba una condena a 8 años de cárcel por colaboración con la célula yihadista.