VIVIENDA

Quién puede reclamar el impuesto de plusvalía

Todo depende del tipo de liquidación al que se acoja el ayuntamiento en el que se llevó a cabo la operación

Lidia Corral

Se conoce como impuesto de plusvalía, es decir lo que ha aumentado el precio de nuestra vivienda desde que la compramos. Es una tasa que aporta miles de millones de euros a los ayuntamientos, en Castilla y León casi 52 millones de euros en 2018, el último dato oficial.

Pero ahora, el Tribunal Constitucional ha anulado este tributo. Los ayuntamientos dejarán de ingresar ese dinero y miles de particulares saldrán beneficiados por no pagar este tributo. Eso sí, que se suprima no significa que se vaya a devolver el dinero a todos los que lo hayan pagado. Esta tasa también se aplica cuando se hereda o se dona un inmueble.

La supresión del impuesto de plusvalía no podrá ser reclamada por todos los que lo abonaron. Dependerá de la forma de pago. "Porque hay ayuntamientos que eligen como forma de gestión la liquidación, en ese caso hay un mes para recurrirla, si no ha dicho nada es firme. Si es un ayuntamiento que deja que se liquide con el contribuyente hay hasta 4 años para pedir la devolución",  asegura Iván San Primitivo, socio de Lean Abogados.

Y esto deja algunas paradojas. "En León capital sería susceptible de pedir la devolución los últimos 4 años, en cambio los vecinos de San Andrés del Rabanedo, a apenas unos metros, se hace mediante liquidación del ayuntamiento así que solo podrían las operaciones realizadas en el último mes", comenta San Primitivo.

La clave es la firmeza del proceso. "Cuando es autoliquidación no es firme, tienes cuatro años para autorevisartela o que te la revise la administración. Cuando es una liquidación firme que te la practica la administración porque no se ha recurrido, es lo que te marca la diferencia", afirma Manuel Esclapez, miembro del Grupo de Expertos de Haciendas Locales y Catastro de AEDAF.

El Constitucional ha comunicado que no tendrá efectos retroactivos. A partir de ahora y hasta que el Gobierno apruebe una nueva norma, si usted está a punto de vender un inmueble puede seguir adelante y no se le aplicará el impuesto. Y todos los expertos coinciden en que hay que ser cautos, habrá que esperar a la publiación de la sentencia completa para conocer más detalles.