CORONAVIRUS

La Junta prorroga las medidas de contención frente al Covid-19 en Salamanca y Valladolid

El nuevo plazo previsto, de siete días como máximo, entrará en vigor a partir de las 00.00 horas del jueves, 10 de septiembre

Europa Press

La Junta de Castilla y León publica en el Boletín Oficial de la Comunidad de este miércoles, 9 de septiembre, sendas órdenes de la Consejería de Sanidad por las que se prorrogan las medidas sanitarias preventivas para la contención de la pandemia de la COVID-19 establecidas en los municipios de Valladolid y de Salamanca con vigencia desde el pasado 3 de septiembre.

Según informa la Consejería de Sanidad, ambas normas, junto con la información técnica correspondientes, serán trasladadas a los correspondientes órganos judiciales para su posible ratificación, tanto en su literalidad como plazo ante la necesidad de dar continuidad a las acciones preventivas en vigor que finalizan esta medianoche.

El nuevo plazo previsto, de siete días como máximo, entrará en vigor a partir de las 00.00 horas del jueves, 10 de septiembre, para favorecer la actual intervención de contención sanitaria en las dos capitales castellanoleonesas por la pandemia causada por el virus SARS-CoV-2.

La Consejería de Sanidad ha adoptado esta decisión ante los informes de seguimiento de la evolución de la situación epidemiológica y sanitaria en ambas municipios y mantiene en todos sus extremos las medidas ya en marcha que buscan limitar las agrupaciones personales en el desarrollo de cualquier actividad o evento, ya sea familiar o social, en la vía pública o en espacios de uso público o privados, con el fin de controlar la transmisión de la enfermedad y evitar nuevos contagios y brotes de la COVID-19, ingresos hospitalarios y fallecimientos.

"Estas acciones de contención son objeto continuo de seguimiento y evaluación, con el fin de garantizar su adecuación a la evolución de la situación epidemiológica y sanitaria, correspondiendo a la Autoridad sanitaria su posible mantenimiento, así como la modificación o la cesación de las actuaciones previstas", han asegurado desde el departamento que dirige Verónica Casado.

Desde la Consejería de Sanidad han apelado a la responsabilidad ciudadana para el cumplimiento de estas medidas y de otras obligaciones al respecto por ser "fundamentales" para evitar la transmisión comunitaria, en insiste a "todos y cada uno de los ciudadanos" que deben extremar la observancia de las medidas individuales y colectivas para frenar más contagios por SARS-CoV-2.

Entre las medidas prorrogadas destaca que la participación en cualquier agrupación o reunión de carácter privado o familiar se limitará a un número máximo de diez personas, "tenga lugar tanto en espacios públicos como privados, excepto en el caso de personas convivientes".

En los velatorios se deberá respetar un máximo de quince personas en espacios al aire libre o de diez en espacios cerrados y la participación en la comitiva para el enterramiento de la persona fallecida se restringe a un máximo de quince personas, entre familiares y allegados además de, en su caso, la persona que oficie el acto de despedida del difunto.

En cuanto a los lugares de culto, ceremonias nupciales y otras celebraciones religiosas o civiles se deberá respetar un máximo de 50 personas en espacios al aire libre o de 25 en espacios cerrados, sin superar en ningún caso un tercio del aforo.

En el caso de establecimientos de hostelería y restauración y sociedades gastronómicas el consumo en el interior de bares y cafeterías se deberá realizar sentado en mesa. En los restaurantes y sociedades gastronómicas está prohibido el consumo en la barra y en la zona de cafetería o bar.

"En todo caso, tanto en el interior de los locales como en terrazas al aire libre, deberá garantizarse una distancia mínima entre mesas y agrupaciones de mesas de 1,5 metros con un máximo de seis personas por mesa o agrupaciones de mesas", recuerdan las mismas fuentes.

En todos los establecimientos de hostelería y restauración y sociedades gastronómicas, así como, en su caso, en las terrazas al aire libre, no se permite el consumo de pie. En estas actividades se extremará el uso de mascarilla y la distancia interpersonal. "Estas mismas medidas se aplicarán a todo establecimiento, actividad o instalación en el que se preste algún tipo de servicio de hostelería, restauración o de terraza", indican las mismas fuentes.

En cuanto a la actividad en cines, teatros, auditorios, circos de toldo, plazas, recintos e instalaciones taurinas y espacios similares, así como en recintos al aire libre y en otros locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades culturales y recreativas será de aplicación un límite máximo de veinticinco personas para lugares cerrados y de cincuenta tratándose de actividades al aire libre.

Por su parte, la práctica de la actividad física y deportiva no federada al aire libre se podrá realizar de forma individual o colectiva, sin contacto físico y hasta un máximo de cinco personas de forma simultánea. En las instalaciones y centros deportivos podrá realizarse actividad deportiva en grupos de hasta cinco personas, sin contacto físico.

La práctica de la actividad deportiva federada de competencia autonómica podrá realizarse de forma individual o colectiva, sin contacto físico y hasta un máximo de cinco personas de forma simultánea en el caso de los entrenamientos. No se aplicará este límite en las competiciones donde las reglas federativas garanticen espacios diferenciados para cada equipo.

La Junta ha dado traslado del mantenimiento de estas medidas a la Delegación del Gobierno de la Nación en Castilla y León y a los Ayuntamientos de Salamanca y de Valladolid, a efectos de recabar su cooperación y colaboración a través de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y de las respectivas policías locales, para la aplicación y cumplimiento de las actuaciones adoptadas.

"Todos los ciudadanos han de colaborar activamente en el cumplimiento de estos preceptos, de manera que su incumplimiento individualizado podrá constituir infracción administrativa sancionable según establece el Decreto-ley 7/2020, por el que se establece el régimen sancionador específico por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención para afrontar la crisis sanitaria por la pandemia de la COVID-19 en Castilla y León", concluyen las mismas fuentes.